Boletín Enero 2011 Iuris Informa


EL ACOSO LABORAL SUPONDRÁ PENAS DE CÁRCEL

La principal novedad para las empresas es la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

A partir de ahora, y tras cumplirse la prórroga de seis meses tras su publicación en el BOE, se aplicarán los amplios cambios normativos que aumentan la tipificación de delitos recogidos en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que reforma sustancialmente el Código Penal que estaba vigente en España desde 1995. Muchos de ellos afectan a cuestiones esenciales del llamado Derecho Penal de la empresa. El más importante es que la responsabilidad penal, que hasta ahora sólo podía pivotar sobre personas físicas, también recae ahora a las personas jurídicas. Pero hay otros aspectos de la reforma que se refieren a materia mercantil, fiscal, laboral, administrativa y medioambiental....